Calcular la cantidad de extintores necesarios en un edificio de oficinas es bastante sencillo, pero es la etapa que habitualmente más se pasa por alto cuando se instalan los extintores.
Aunque una parte importante del Anexo E de la edición 2007 de NFPA 10, Norma para extintores portátiles, se dedica a explicar el tema, no se realizan cálculos en la gran mayoría de los edificios donde se instalan extintores. Como resultado, a menudo se utiliza la misma cantidad y tamaño de extintores en ocupaciones de riesgo leve y común. Esto no resulta lógico, puesto que no habría necesidad de contar con diferentes clasificaciones si la distancia de recorrido de 75 pies (22.8 metros) fuera el único criterio.
Si su código de construcción o una ordenanza local requieren la presencia de extintores en un edificio de oficinas, incluiremos a continuación una manera sencilla de calcular la cantidad necesaria.
La razón general por la que se necesitan extintores en los edificios de oficinas es porque contienen Riesgos Clase A, tales como mobiliarios y recubrimientos de pisos y paredes. El Párrafo 5.4.1.1 y el material asociados del anexo de NFPA 10 señalan que la clase de riesgo para un edificio de oficinas típico es de ocupación de riesgo leve. Aunque algunos edificios de oficinas contienen líquidos inflamables, daremos por sentado que no los hay para simplificar las cosas.
Los cálculos siempre se realizan para determinar la cantidad de extintores requeridos teniendo en cuenta la cantidad mínima de unidades permitidas. Se efectúan cálculos adicionales para comparar el costo de una cantidad menor de extintores más grandes. La Tabla 6.2.1.1 de NFPA 10 brinda la base para determinar la cantidad mínima de extintores.
La clasificación más pequeña para un extintor Clase A para una ocupación de riesgo leve de la Tabla 6.2.1.1 es 2-A. Si se multiplica la cantidad de la clasificación por la “superficie máxima por unidad de A”, la tabla señala la superficie máxima que un solo extintor puede proteger. Dado que la superficie máxima para el extintor más pequeño en una ocupación de riesgo leve es 3.000 pies cuadrados (278,7 metros cuadrados), la cobertura para un extintor de una clasificación de 2-A puede determinarse de la siguiente manera:
2 x 3.000 = 6.000 ft² (557 m²)/extintor.
Para un edificio de oficinas de un solo piso, multiplicar la longitud por el ancho da como resultado la superficie total. Un piso que mide 300 pies (91 metros) por 450 pies (137 metros) tiene una superficie de 135.000 pies cuadrados (12.542 metros cuadrados). La superficie se divide por 6.000 pies cuadrados (557 metros cuadrados) por extintor para obtener la cantidad mínima necesaria de extintores con clasificación 2-A. Por lo tanto:
135.000 ft² (12.542 m²) ÷ 6.000 ft² (557 m²)/extintor = 22.5 extintores con clasificación 2-A, redondeado en 23
El cálculo de extintores más grandes puede compararse utilizando el mismo procedimiento. La cantidad de extintores con clasificaciones de 3-A se calcula de la siguiente manera:
3 x 3.000 = 9.000 ft² (836 m²)/extintor
135.000 ft² (12.542 m²) ÷ 9.000 ft² (836 m²)/extintor = 15 extintores con clasificación 3-A
La cantidad de extintores con clasificaciones de 4-A se calcula de la siguiente manera:
4 x 3.000 = 12.000 ft² (1.115 m²)/extintor
Sin embargo, la Tabla 6.2.1.1 no permite que se superen los 11.250 pies cuadrados (1.045 metros cuadrados) por extintor. Por lo tanto:
135.000 ft² (12.542 m²) ÷ 11.250 ft² (1.045 m²)/extintor = 12 extintores con clasificación 4-A
La limitación de 11.250 pies cuadrados (1.045 metros cuadrados) se basa en un cuadrado dentro de un círculo con un radio de 75 pies (23 metros). La raíz cuadrada de 11.250 es 106, entonces hipotéticamente, un edificio de 135.000 pies cuadrados (12.542 metros cuadrados) sin muros, tabiques u otras obstrucciones podría contar con 12 extintores y cumplir con la regla de la distancia de recorrido. Dado que esto es virtualmente imposible, los extintores de clasificación 4-A en general no se utilizan.
Si la cantidad de extintores necesarios para satisfacer la regla de la distancia de recorrido es por lo menos 15 pero no superior a 22, entonces deben utilizarse extintores con clasificación 3-A. Si la regla de distancia de recorrido requiere instalar 23 o más, entonces deben utilizarse unidades con clasificación 2-A.
Los mismos conceptos se aplican a riesgos ordinarios y extra
Esta comparación tiene más sentido si se observan ocupaciones de riesgo ordinario y extra, en las que la cantidad calculada supera en gran medida la cantidad necesaria para satisfacer la distancia de recorrido de 75 pies (23 metros). La lógica indica que los riesgos más severos requieren más extintores. Y dado que se instalarán más extintores, la distancia de recorrido desde cualquier punto hasta un extintor generalmente será menor a los 75 pies (23 metros) requeridos. Con ocupaciones de riesgo ordinario y extra, el ejercicio se centra en ver si pueden utilizarse menos extintores con clasificaciones más elevadas.
La Tabla 6.2.1.1 también se utiliza para calcular la cantidad de extintores necesarios para ocupaciones de riesgo ordinario y extra. Para un edificio con una superficie de 135.000 pies cuadrados (12.542 metros cuadrados), la clasificación de riesgo ordinario permite la presencia de un extintor único de clasificación mínima con una clasificación de 2-A y una superficie máxima por unidad de “A” de 1.500 pies cuadrados (139 metros cuadrados).
2 x 1.500 = 3.000 ft² (279 m²)/extintor
135.000 ÷ 3.000 = 45 extintores con clasificación 2-A
La Tabla 6.2.1.1 ofrece la distancia de recorrido máximo hasta un extintor de 75 pies (23 metros) para las tres clasificaciones de riesgo. Siempre resulta tentador instalar menos extintores en las ocupaciones de riesgo ordinario, ya que la regla de los 75 pies (23 metros) puede cumplirse fácilmente con una cantidad menor a los 45 calculados. Dado que NFPA 10 no permite una cantidad menor a la estimada, los cálculos se realizan para los dos extintores más grandes a fin de determinar la solución más económica:
3 x 1.500 = 4.500 ft² (418 m²)/extintor
135.000 ÷ 4.500 = 30 extintores con clasificación 3-A
4 x 1.500 = 6.000 ft² (557 m²)/extintor
135.000 ÷ 6.000 = 22.5 extintores con clasificación 4-A, redondeado en 23
Resulta lógico comenzar con 23 extintores con clasificación 4-A y determinar si se cumple la regla de distancia de recorrido o si se necesitan más extintores.
Es fácil ver que se necesitan 23 extintores con clasificación 4-A para ocupaciones de riesgo ordinario, mientras que se necesitan 23 extintores con clasificación 2-A para ocupaciones de riesgo leve. Esto resulta claro porque la “superficie máxima por unidad de A” para ocupaciones de riesgo ordinario es de 1.500 pies cuadrados (139 metros cuadrados) versus 3.000 pies cuadrados (279 metros cuadrados) para ocupaciones de riesgo leve, como se indica en la Tabla 6.2.1.1.
El riesgo extra permite un extintor único de clasificación mínima con una clasificación de 4-A y una superficie máxima por unidad de “A” de 1.000 pies cuadrados (93 metros cuadrados).
4 x 1.000 = 4.000 ft² (372 m²)/extintor
135.000 ft² ÷ 4.000 ft² (372 m²)/extintor = 33.7 extintores, redondeado en 34
La cantidad y el costo de extintores más grandes deben compararse de un modo similar al que se realiza para ocupaciones de riesgo leve y ordinario.
En resumen
Los cálculos se llevan a cabo para determinar la cantidad mínima de extintores necesarios en base a sus clasificaciones, y debe realizarse una serie de cálculos para efectuar las comparaciones. La cantidad mínima calculada de extintores debe colocarse estratégicamente en todo el edificio y no debe superarse la distancia de recorrido mínima de 75 pies (23 metros) desde ningún punto hasta un extintor.
A veces se necesitan extintores adicionales para cumplir con la regla de distancia de recorrido de 75 pies (23 metros). La cantidad calculada de extintores no puede reducirse.
Calcular la cantidad de extintores es bastante simple y debe ser el primer paso a tomar cuando se instalan extintores en un edificio. El segundo paso es verificar que la distribución de la cantidad mínima de extintores cumpla con la regla de distancia de recorrido de 75 pies (23 metros).
Contar con la cantidad correcta de extintores no sólo descartará una multa por parte de la autoridad competente, sino que también asegurará la presencia de la cantidad adecuada de dispositivos de combate de incendio en caso de que fueran necesarios. Adherir a la regla de la distancia de recorrido garantizará una ubicación conveniente de los extintores en cualquier lugar donde ocurra un incendio. Cumplir con ambos criterios garantizará una mayor posibilidad de éxito en caso de un incendio.